Por mayoría, el STJ ratificó el resultado de elecciones en La Escondida

En voto dividido, el STJ ad hoc resolvió que no se alteren los resultados que consagraron a Alfredo Caballero como intendente.
18 de octubre 2023, 15:40hs

Poco después del mediodía de este miércoles, se conoció la decisión del Superior Tribunal de Justicia creado al efecto (compuesto por los miembros permanentes María Grillo, Mario Modi y Víctor del Río más el procurador Miguel Fonteina y la jueza María Sáez) que, en fallo dividido, decidió desestimar el pedido del Tribunal Electoral de que vuelva a votarse en la mesa 1.183 de La Escondida.

Grillo, Modi, Fonteina y Sáez entendieron que no había “errores de hecho sobre los resultados del escrutinio consignados en la documentación”. El Frente Chaqueño había protestado ante el Tribunal Electoral que en esa mesa, se computaron de forma inversa los votos que obtuvieron Juntos por el Cambio y el Frente Chaqueño.

"No se trata aquí de dar prioridad a la formalidad de las constancias por sobre la real voluntad del pueblo, que según el apoderado del Frente Chaqueño se encontraba contenida en el interior de la urna. Por el contrario, el hecho de que no cualquier inconsistencia o denuncia pueda sustentar la decisión trascendental de abrir una urna con sus correspondientes consecuencias, radica en la protección de la legalidad de los comicios y la certeza de los procesos eleccionarios".

En concreto indicaron que no había motivos para abrir la urna donde se encontraron 20 sobres menos de la cantidad de electores que votaron.

Para la categoría intendente, se impuso el Nepar con Alfredo Caballero como postulante a jefe comunal por 21 votos ante Diego Barrios del Frente Chaqueño. Cada mesa tiene 300 electores.

Por otra parte, sobre la anulación de la elección de la mesa 1183 agregaron que si la apertura de la urna "respondió a la necesidad de realizar el recuento de los votos en pos de respetar la expresión de la voluntad del electorado a raíz del supuesto error que surgía de la documental, entendemos que la imposibilidad de cumplir con aquella finalidad debió significar la prevalencia de los certificados de mesa y el telegrama electoral”.

DISIDENCIA

En su voto disidente el juez Víctor del Río analizó las once mesas de votación de La Escondida, de la cuales surge con claridad que en todas ellas existe una proporción de votos para el Frente Chaqueño que superan a los de Juntos por el Cambio y sólo en la mesa Nº 1.183 el resultado fue inverso en una proporción semejante, pero esta vez asignado a esta última lista partidaria. Lo cual evidencia una tendencia de votos que generaba una notoria anomalía, siendo precisamente esta la razón justificante de la apertura de la urna.

En tal sentido afirmó que "cuando media la sospecha razonable de una posible irregularidad, la apertura y el recuento de los votos comporta una justificada medida para evitar la convalidación de una anomalía y, con ello, una vulneración a la expresión popular".

Encontró razonable la decisión del Tribunal Electoral de apertura de la mesa cuestionada, y verificando las anomalías en la misma, resultada indefectible su anulación. No compartió que se pretenda dar "prevalencia de lo formal por sobre lo real", concluyó.

 

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