La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) oficializó una reestructuración en la condición de expendio de diversos remedios de consumo habitual. Mediante la Disposición 4714/2026, el organismo regulador estableció que diez especialidades medicinales pasen a ser comercializadas bajo la modalidad de venta libre, eliminando la exigencia de presentar receta médica en farmacias.
La revisión técnica se llevó a cabo en consonancia con la Resolución 284/2024 del Ministerio de Salud de la Nación, que instó a revisar los catálogos farmacéuticos basándose en evidencia científica, antecedentes de farmacovigilancia y regulaciones de agencias sanitarias internacionales de referencia.
"Los medicamentos seleccionados demostraron un amplio margen de seguridad y efectividad para tratar síntomas de fácil identificación por parte del usuario, manteniendo un riesgo mínimo de efectos adversos si se respetan las dosis indicadas", destacaron desde el organismo oficial, aclarando que la venta libre no debe ser interpretada como un consumo indiscriminado.
Listado de medicamentos que pasan a venta libre
La medida alcanza a productos que acumulan al menos cinco años de permanencia continua en el mercado bajo receta previa. Los principios activos aprobados comprenden:
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Trimebutina maleato (100 mg): Comprimidos o cápsulas para uso oral (antiespasmódico / digestivo).
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Levocetirizina diclorhidrato: Comprimidos de 5 mg y solución oral (antihistamínico).
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Fexofenadina clorhidrato: Comprimidos de 60 y 120 mg y solución oral (antialérgico).
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Dimenhidrinato (50 mg): Prevención y tratamiento de mareos y náuseas.
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Nafazolina + Feniramina: Solución oftálmica para uso ocular (descongestivo y antialérgico ocular).
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Olopatadina: Gotas oftálmicas (tratamiento de alergias oculares).
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Carboximetilcisteína: Jarabe o solución oral (mucolítico / expectorante).
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Cloruro de aluminio hexahidratado: Loción tópica (antitranspirante de uso médico).
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Carbonato de calcio + Tintura de árnica + Nitrato de plata: Polvo para uso oral y tópico.
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Ivermectina al 0,5%: Únicamente en presentación de loción tópica (pediculicida).
Adecuación de envases y entrada en vigencia
| Aspecto | Normativa de Implementación |
| Vigencia | A partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial |
| Lotes anteriores | Podrán comercializarse con el etiquetado actual hasta agotar stock |
| Nuevos lotes | Deberán incluir leyenda de venta libre y un código QR con prospecto e información al paciente |
| Presentaciones | Se adaptarán al número de dosis e intervalos aprobados para cada tratamiento |
Los laboratorios titulares deberán readecuar los estuches comerciales y ajustar los prospectos para garantizar la correcta orientación del consumidor en el mostrador farmacéutico.





