El juez Luis Alberto Kubicek consideró que los hechos denunciados no configuran los delitos de abuso de autoridad ni incumplimiento de los deberes de funcionario público.
La denuncia había sido impulsada en marzo de este año por los abogados Oscar Olivieri y Roberto Pugacz, quienes alegaban una presunta "enemistad manifiesta" por parte de Collado. Según los denunciantes, el fiscal debió haberse apartado de investigaciones que los involucraban, las cuales se habrían iniciado tras la recepción anónima de un pendrive con documentación judicial.
Tras analizar el caso, la Justicia determinó que el actuar de Collado, al resguardar el dispositivo y dictar decretos preliminares sin formular imputaciones formales, se encontró dentro del marco de sus competencias. El fallo señala que no se hallaron elementos que demuestren una intención deliberada de quebrantar la legalidad o una actividad persecutoria dirigida específicamente contra los abogados.
Si bien la resolución menciona la existencia de posibles irregularidades procesales, como cuestionamientos en la cadena de custodia del dispositivo, el magistrado aclaró que estas no alcanzan para constituir un delito penal. El juez subrayó que el Derecho Penal actúa como última instancia y que un desacierto jurídico no implica necesariamente una conducta criminal.
Finalmente, el fallo aclara que la desestimación penal no valida todas las decisiones de Collado, las cuales podrían ser analizadas bajo un régimen disciplinario. Dicha valoración corresponde al Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento, organismo donde el exfiscal ya enfrenta un proceso de juicio político y se encuentra actualmente suspendido.






