Entró en vigencia la ley que endurece las penas por maltrato animal

La normativa incorpora penas más severas, nuevas conductas sancionables y medidas para reforzar la protección de los animales.
20 de julio 2026, 10:17hs

La provincia del Chaco promulgó la Ley N.º 4244-R, que modifica el Código de Faltas y endurece las sanciones por maltrato y crueldad animal. La normativa incrementa las multas, amplía las conductas sancionables e incorpora nuevas herramientas para prevenir este tipo de hechos.

Entre los principales cambios, la ley establece multas de entre 5 y 20 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles para los casos de maltrato, mientras que los hechos de crueldad animal podrán ser castigados con sanciones de entre 25 y 40 salarios mínimos o arresto de hasta 120 días.

Con el salario mínimo vigente, las multas irán desde $1.862.000 hasta $14.896.000, aunque en los casos más graves, cuando el animal muera o sufra lesiones de extrema gravedad, las sanciones económicas podrán superar los $18.620.000, además de penas de arresto de hasta 180 días.

La legislación también incorpora agravantes para casos de reincidencia, hechos cometidos frente a niños, difusión en redes sociales o cuando el responsable tenga el deber de cuidado del animal. Además, amplía el listado de conductas consideradas maltrato y crueldad, incluyendo el abandono, la falta de atención veterinaria, las mutilaciones injustificadas, las riñas y el abandono de animales heridos tras siniestros viales.

Como complemento, la norma habilita el secuestro preventivo de animales en riesgo, su atención veterinaria y traslado a refugios, además de crear el Registro Provincial de Infractores por Maltrato y Crueldad Animal. También prevé inhabilitaciones para la tenencia de animales, tareas comunitarias y programas obligatorios de educación sobre tenencia responsable.

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