El Senado de la Nación convirtió en ley este jueves el nuevo régimen de Inocencia Fiscal II y, en la misma sesión, dio media sanción al proyecto que modifica el esquema de biocombustibles. La primera iniciativa fue aprobada por 44 votos contra 23, mientras que la segunda obtuvo 41 votos a favor y 25 en contra, por lo que ahora deberá continuar su tratamiento en la Cámara de Diputados.
Inocencia Fiscal II: qué cambia para los contribuyentes
La reforma busca facilitar que ahorros que permanecen fuera del sistema financiero puedan incorporarse al circuito formal y, al mismo tiempo, modifica las condiciones bajo las cuales ARCA puede cuestionar las declaraciones de los contribuyentes. El Gobierno estimó que existen unos US$170.000 millones fuera del sistema financiero, aunque esa cifra constituye una estimación y no implica que esos fondos necesariamente vayan a ingresar.
Entre los principales cambios incorporados al régimen se encuentran:
- Discrepancia significativa: una diferencia del 15% respecto de lo declarado no será considerada significativa cuando el monto involucrado no supere el 5% del umbral previsto para la evasión tributaria, que actualmente representa unos $5 millones.
- Plazo para rectificar: si ARCA determina una discrepancia, el contribuyente tendrá hasta 15 días hábiles desde la notificación para presentar una declaración jurada rectificativa y cancelar la diferencia correspondiente sin perder los beneficios del régimen.
- Límites a las presunciones de ARCA: determinadas presunciones quedarán limitadas hasta el 31 de diciembre de 2027 y, en algunos casos, deberán respaldarse con información proveniente de las declaraciones, los sistemas del organismo o documentación de terceros.
- Carga de la prueba: ARCA tendrá a su cargo demostrar la existencia de una discrepancia significativa a partir de la información fiscal disponible.
- Bienes Personales: los fondos utilizados en determinadas operaciones serán considerados incorporados al patrimonio del contribuyente en la fecha de la transacción, con el objetivo de evitar una imputación automática a períodos anteriores, según lo que establezca la reglamentación.
Se amplía el acceso al régimen simplificado
Otro de los cambios centrales es la eliminación de los límites de ingresos y patrimonio que regían para acceder al régimen simplificado de Ganancias. Hasta ahora, quedaban fuera quienes hubieran superado durante alguno de los últimos tres ejercicios los $1.000 millones de ingresos o los $10.000 millones de patrimonio.
La nueva norma también establece exclusiones para determinados funcionarios públicos de alto nivel que ocupen o hayan ocupado cargos específicos durante los cinco años anteriores. Además, todavía será necesaria la reglamentación correspondiente para completar la aplicación de las modificaciones.
Biocombustibles: suben los porcentajes obligatorios
En la misma jornada, el Senado dio media sanción a un nuevo marco para el mercado de biocombustibles, que busca promover inversiones y avanzar hacia un esquema de mayor competencia, transparencia y sostenibilidad. El proyecto declara de interés público la producción, almacenamiento, mezcla, comercialización y autoconsumo de estos combustibles, y ahora deberá ser tratado por Diputados.
El cambio más concreto está en los porcentajes obligatorios de mezcla:
- Biodiésel: el corte inicial con gasoil será del 7,5% y subirá al 10% después de los primeros 12 meses.
- Bioetanol: la mezcla obligatoria con naftas será inicialmente del 12%, con un 6% correspondiente a caña de azúcar y otro 6% a maíz, para luego aumentar al 15% a partir del segundo año.
El proyecto también establece un mecanismo de formación libre de precios y prevé que la comercialización de los volúmenes obligatorios se realice mediante subastas públicas en un mercado electrónico administrado por un organismo independiente. El precio de referencia se determinará tomando como base la paridad de importación internacional.
A su vez, los biocombustibles quedarían exceptuados de los impuestos a los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, por lo que la carga tributaria alcanzaría únicamente al componente fósil. La iniciativa también contempla la desregulación de actividades vinculadas al biogás, el biometano destinado a redes de gas y el combustible sostenible para aviación (SAF).
Con ambas iniciativas, el Senado avanzó sobre dos áreas diferentes: por un lado, una modificación del régimen tributario y de los controles fiscales; por otro, una reforma del esquema de producción y comercialización de biocombustibles. Mientras Inocencia Fiscal II quedó convertida en ley, el proyecto energético deberá continuar su recorrido legislativo en la Cámara de Diputados.





