Factura electrónica: ARCA fijó nuevos requisitos para los comprobantes y un cronograma gradual hasta 2027

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha la Resolución General 5866/2026, una reforma integral del régimen de factura electrónica que introduce la Liquidación Electrónica Mensual y establece nuevas pautas para el cobro de honorarios y la identificación de consumidores finales. La implementación contempla un esquema gradual que abarca a bancos, aseguradoras, tarjetas de crédito y otros sectores clave hasta marzo de 2027.
19 de agosto 2026, 8:24hs

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la Resolución General 5866/2026, mediante la cual establece una reestructuración del sistema de emisión de comprobantes electrónicos para empresas, profesionales y contribuyentes. La norma busca unificar criterios de facturación, optimizar la trazabilidad y adaptar la normativa a la digitalización de servicios financieros y comerciales.

Entre las medidas más destacadas se encuentra la Liquidación Electrónica Mensual, una herramienta optativa que permite consolidar las operaciones de un cliente en un único documento emitido hasta el último día del mes calendario, con un plazo de puesta a disposición de 10 días corridos posteriores. Asimismo, la resolución dispuso que desde el 1 de julio de 2026 los honorarios de directores de sociedades, síndicos y miembros de consejos de vigilancia deben facturarse al momento de su asignación formal.

En materia de consumidores finales, ARCA elevó a $10 millones el umbral a partir del cual es obligatorio consignar el DNI, CUIL, CDI o pasaporte del comprador en la factura. Para montos inferiores, la identificación nominativa continúa siendo opcional.

Cronograma de implementación gradual

La normativa establece un esquema escalonado por sectores hasta el primer trimestre del próximo año:

  • 1 de julio de 2026: Obligatoriedad de factura electrónica para honorarios de directores, síndicos y autoridades ejecutivas.

  • 1 de septiembre de 2026: Inclusión de compañías de seguros para operaciones con consumidor final, bonificaciones, notas de crédito/débito y rescisiones (seguros de caución mantienen servicio específico hasta el 31 de diciembre).

  • 1 de octubre de 2026: Facturación electrónica obligatoria para entidades financieras en contratos de leasing y operaciones de comercio exterior.

  • 1 de diciembre de 2026: Inserción de préstamos bancarios (salvo descubiertos), administradoras y emisoras de tarjetas de crédito, débito y compra, y sistemas de pago por transferencia.

  • 1 de marzo de 2027: Tramo final que incorpora coaseguros y liquidaciones periódicas de entidades financieras y tarjetas.

Sectores alcanzados por la Resolución General 5866/2026 (ARCA)

Financiero:   Bancos, tarjetas de crédito/débito y plataformas de pago por transferencia.
Asegurador:   Compañías de seguros generales, coaseguros y seguros de caución.
Servicios:    Medicina prepaga, educación privada y proveedores de activos virtuales (CNV).
Excepciones:  Servicios postales, transporte público, espectáculos, juegos de azar y máquinas expendedoras.

Modificaciones principales

Aspecto Regulación vigente / Nueva pauta
Liquidación Mensual Permite reemplazar facturas individuales por una liquidación consolidada a mes vencido.
Consumidor Final Identificación obligatoria de datos (DNI/CUIL) para compras iguales o superiores a $10.000.000.
Directores y Síndicos Emisión del comprobante en el momento formal de la asignación de honorarios por asamblea o directorio.

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