Golpe judicial a la UOM: anularon la elección nacional, desplazaron a Abel Furlán e intervinieron el gremio

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la invalidez de los comicios por graves irregularidades en la seccional Campana y por desobedecer una medida cautelar previa. El abogado Alberto Biglieri asumirá la conducción del sindicato metalúrgico con la misión de normalizar la institución y convocar a nuevas urnas en un plazo de 180 días.
22 de mayo 2026, 16:50hs

La estructura de uno de los sindicatos industriales más poderosos de la Argentina sufrió un cimbronazo institucional sin precedentes tras un duro dictamen de la justicia laboral. La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó la nulidad absoluta de los comicios nacionales de la Unión Obrera Metalúrgica provocando el desplazamiento inmediato de Abel Furlán de su cargo de secretario general. El tribunal resolvió la intervención judicial de la entidad gremial por un periodo de seis meses debido a las severas anomalías denunciadas por la oposición en la delegación de Campana cuyas autoridades también fueron revocadas al considerarse que ambos procesos electorales resultaban jurídicamente inseparables.

El conflicto en las urnas metalúrgicas se originó durante las jornadas de votación de principios de marzo cuando los integrantes de la opositora Lista Naranja judicializaron el escrutinio local alegando una absoluta falta de transparencia en el manejo de los sufragios. Los magistrados comprobaron que la conducción oficialista retuvo las urnas bajo su exclusivo control durante tres días consecutivos sin realizar recuentos provisorios diarios ni ofrecer garantías reales de inviolabilidad para las boletas depositadas por los afiliados. Ante este panorama de vulnerabilidad el tribunal consideró que se rompió el principio de objetividad y que la UOM incurrió en un acto de rebeldía al ignorar una orden judicial previa que ordenaba postergar la elección nacional.

Al fundamentar la necesidad de un auxilio externo para reordenar el funcionamiento administrativo del sindicato y asegurar que las bases puedan elegir libremente a sus representantes en el próximo llamado electoral los camaristas descartaron que la medida configure una intromisión ilegal del Estado en la vida interna de la organización. En el fallo judicial que apartó a la comisión directiva del oficialismo los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González justificaron la gravedad de la resolución adoptada para el gremio: “La intervención judicial no es un acto discrecional que busca limitar la autonomía sindical, sino una respuesta judicial que se alza como el único remedio posible para restaurarla”.

La conducción provisoria de la UOM quedará en manos del interventor judicial Alberto Biglieri quien tendrá la responsabilidad de auditar las afiliaciones, revisar las designaciones de personal y convocar a un nuevo proceso electoral transparente que involucre tanto a la seccional bonaerense afectada como a los cargos del secretariado nacional. Los magistrados calificaron de inaceptable el argumento del oficialismo de exigir a los fiscales opositores pasar la noche en la sede del gremio para custodiar las urnas dictaminando que la Junta Electoral Nacional demostró una complicidad manifiesta al mantener un silencio absoluto frente a las impugnaciones formales.

La salida forzada de Furlán altera el tablero político de la Confederación General del Trabajo donde el dirigente metalúrgico venía consolidando un perfil de alta confrontación con las políticas del Gobierno nacional. El desplazamiento de las autoridades deja sin efecto todas las resoluciones institucionales y los acuerdos paritarios firmados por la conducción saliente desde su asunción en marzo pasado lo que abre un escenario de incertidumbre legal para las cámaras empresariales del sector. Mientras el interventor prepara su desembarco en la sede central de la calle Armenia los apoderados de la Lista Naranja celebraron el fallo al considerarlo un triunfo histórico contra los manejos tradicionales de la burocracia sindical.

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