La Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional del Poder Judicial de Chaco declaró inadmisible el recurso pedido por el abogado Armando Boniardi que defiende a Emerenciano Sena. El defensor había expresado "que la resolución en crisis causa a su asistido un gravamen irreparable por haberse dictado sin fundamento". En ese contexto, pidió la "nulidad de la acusación por no reunir requisitos legales".
La resolución había sido dictada por los fiscales especiales Nelia Velázquez, Juan Martín Bogado y Jorge Cáceres, y fue realizada el pasado 30 de abril.
"Resulta que la resolución que motivara el presente Recurso de Apelación, ante esta instancia, es irrecurrible por la vía intentada, no habiéndose acreditado el requisito que hace a la impugnabilidad objetiva de la resolución cuestionada y habida cuenta, asimismo, que conforme a la normativa aplicable y vigente, la resolución atacada no es susceptible de impugnabilidad, en virtud de lo expresamente establecido por el Art. 472, en concordancia con el Art. 467, ambos del C.P.P. (Ley 965N), corresponde declarar la informalidad formal del Recurso de Apelación deducido por el Defensor del imputado, Dr. Armando Nicolas Boniardi Cabra", indica la resolución.
Boniardi había expresado que la resolución impugnada carecía de motivación suficiente, lo que la hacía arbitraria y vulneraba el derecho de defensa y el debido proceso penal. Alegó que los acusadores se apartaron de la sana crítica racional y que su cliente había demostrado de manera sustentable su falta de responsabilidad en el hecho imputado.