Obligan a Caputa a explicar el acuerdo con el FMI y el préstamo de USD$20 mil millones

El Juzgado Federal de Dolores obligó al Ministerio de Economía a entregar en cinco días el expediente completo del DNU 179/2025, mediante el cual el Ejecutivo contrajo un crédito de 20.000 millones de dólares con el FMI, tras una acción de amparo de la CAIP y el CELS.
30 de agosto 2025, 17:34hs

El Juzgado Federal de Dolores ordenó al Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo, entregar en un plazo de cinco días el expediente completo del DNU 179/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo contrajo un crédito de 20.000 millones de dólares con el Fondo Monetario Internacional (FMI). La decisión se produjo a raíz de una acción de amparo presentada por Francisco Verbic, en representación de la CAIP, junto con el CELS.

El fallo establece que el Ministerio violó la Ley de Acceso a la Información Pública (Ley 27.275) y buscó dilatar la entrega mediante maniobras administrativas. Según la sentencia, Economía primero tramitó la solicitud bajo el marco de la Ley 27.275, incluso solicitando una prórroga para entregar la documentación, pero luego derivó el pedido a un procedimiento administrativo más restrictivo. Ante esto, el juez fue categórico: la normativa de acceso a la información pública, sancionada en democracia, prevalece sobre cualquier procedimiento administrativo interno.

El fallo reafirma que el acceso a la información pública es esencial para el control democrático de las decisiones estatales, especialmente cuando se trata de políticas económicas de alto impacto como un acuerdo con el FMI.

El tribunal subraya que la Ley 27.275, por ser posterior y de aplicación especial, prevalece sobre el régimen general de procedimientos administrativos. Señala además que la conducta del Ministerio vulnera el derecho de la ciudadanía a conocer información que afecta directamente su vida cotidiana. De hecho, el DNU en cuestión no detalla las razones ni las condiciones del empréstito.

El juez incorporó en su fallo criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece que "el derecho a la información pública se rige por el principio de máxima divulgación, presumiéndose que toda información es accesible, salvo excepciones limitadas". Asimismo, la CSJN sostiene que la información pública "no pertenece al Estado, sino al pueblo de la Nación Argentina", y que cualquier persona tiene derecho a solicitarla sin necesidad de acreditar un interés especial.

 

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