La jueza que suspendió el Régimen Penal Juvenil advirtió: "Con esta ley no vamos a crear más seguridad"

La magistrada frenó por 60 días la aplicación de la normativa tras un hábeas corpus colectivo, aclarando que no rechaza la baja en la edad de imputabilidad sino la falta de recursos, establecimientos y profesionales para albergar a más adolescentes.
8 de septiembre 2026, 7:56hs

La jueza Marta Elba Pascual defendió la resolución mediante la cual suspendió por el término de 60 días la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. Según precisó la magistrada, la medida no busca objetar el debate técnico sobre la baja en la edad de imputabilidad, sino advertir la falta de infraestructura y recursos indispensables para poner en marcha el sistema.

La medida cautelar se adoptó a partir de la presentación de un hábeas corpus preventivo colectivo impulsado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo, con el objetivo de evaluar las condiciones institucionales antes de ampliar el universo de menores alcanzados por la ley.

Advertencia por infraestructura y reincidencia

Pascual señaló que la provincia de Buenos Aires no dispone en la actualidad de la capacidad operativa ni edilicia para absorber un potencial incremento en las detenciones de menores de edad.

«Soy del Conurbano, y con esta ley no vamos a crear más seguridad», afirmó en declaraciones radiales, subrayando que la privación de la libertad sin programas de contención técnica ni educativa agrava el problema social.

Entre las consideraciones vertidas por la magistrada destacan:

  • Condiciones de internación: Expresó que la detención sin acceso a educación, capacitación laboral ni tratamiento terapéutico deriva en que los jóvenes se incorporen al sistema carcelario adulto al cumplir los 18 años.

  • Respuesta a críticas: Rechazó los cuestionamientos vertidos hacia su fallo y aclaró que no se opone al límite de imputabilidad fijado en los 14 años, sino que exige el cumplimiento estricto de las garantías legales y operativas.

  • Plazo de requerimiento: El período de 60 días otorgado a las autoridades bonaerenses tiene como fin que el Poder Ejecutivo informe los planes de implementación, los lugares de alojamiento disponibles y la partida presupuestaria asignada.

Durante este intervalo, la Justicia fiscalizará si el Gobierno provincial reúne las condiciones para asegurar la atención especializada que exige la legislación de protección de menores.

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