La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de dos aceites de oliva. Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial a través de las disposiciones 10307/2024 y 10308/2024 .
El primer producto afectado es el aceite de oliva extra virgen de la marca Campos Barcelona . Según las autoridades, este producto carece de registros sanitarios de establecimiento y de producto. Además, presenta falsos rótulos que exhiben números de registro inexistentes, lo que lo califica como un producto ilegal.
El segundo producto cuestionado es el aceite de oliva extra virgen de la marca El Noa . En este caso, se constató que el registro nacional de establecimiento (RNE) indicado en el rótulo pertenece a otra empresa y el registro nacional de producto alimenticio (RNPA) es inexistente. Estos factores también lo clasifican como un producto ilegal, según los estándares regulatorios.
Ambas disposiciones destacan que, al carecer de registros sanitarios, no es posible garantizar la trazabilidad, las condiciones de elaboración, la calidad ni la inocuidad de estos productos. Esta falta de control pone en riesgo la salud de los consumidores, lo que motivó la prohibición.