Todas las infracciones de tránsito registradas por el Sistema de Fotomultas-cinemómetros en la provincia desde el 1 de diciembre de 2022 quedaron anuladas hasta la entrada en vigencia de la Ley aprobada en la Legislatura. Sin embargo, hay quienes oportunamente abonaron esas infracciones y para ellos se estableció un mecanismo de devolución.
Los contribuyentes inscriptos en la Administración Tributaria Provincial podrán compensar los pagos con sus obligaciones fiscales, mientras que los no inscriptos podrán solicitar la devolución directa. Para esto, deberán completar un Formulario Único y presentarlo en la Dirección de Juzgamiento Administrativo, que remitirá el caso al Ministerio de Seguridad para el trámite correspondiente.
¿Cómo hacer el trámite?
- Lugar de Presentación:
El titular de la infracción deberá presentarse ante la Dirección de Juzgamiento Administrativo de Infracciones de Tránsito, ubicada en calle Pellegrini N° 19, Resistencia, o en la dependencia administrativa situada en calle Córdoba N° 550, Presidencia Roque Sáenz Peña. Es necesario llevar la documentación solicitada en el Anexo II del presente. - Requisitos: Para la solicitud, se deberán presentar los siguientes documentos...
- Formulario (disponible para desgargar en esta nota)
- Copia del DNI del solicitante.
- Legitimación activa/vinculación con el dominio infraccionado (Cédula del Titular y/o Documentación vinculante).
- Comprobante de Pago/Recibo.
- Constancia de cuenta bancaria en pesos argentinos del solicitante (CBU).
-Constancia de CUIL/CUIT. - Procedimiento tras la Solicitud:
Una vez presentada la solicitud, la Dirección de Juzgamiento Administrativo de Infracciones al Tránsito conformará la actuación electrónica correspondiente. Se procederá al control de los requisitos establecidos y se elevará la solicitud al Ministerio de Seguridad para su devolución y/o compensación de los montos abonados.
4. Devolución y Compensación:
Para contribuyentes y/o responsables tributarios: Si las multas corresponden a sujetos inscriptos como contribuyentes de la Administración Tributaria Provincial, se dará intervención a dicho organismo para la instrumentación del crédito fiscal y compensación con obligaciones tributarias.
Para otros casos: Aprobado el reintegro, se procederá a la devolución mediante el CBU.