Fernando Romero, jefe de la Policía del Chaco, detalló en Radio Facundo Quiroga cuáles son los criterios de actuación, las responsabilidades legales y las instancias que se activan cuando hay una denuncia en flagrancia.
En el marco de consultas por intervenciones policiales en comercios de Resistencia, el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero, explicó en Radio Facundo Quiroga cuál es el protocolo que rige en la actuación de los caminantes ante presuntos hechos en flagrancia, especialmente cuando hay menores involucrados.
El funcionario señaló que el accionar policial se da ante una solicitud concreta o cuando se advierte una maniobra sospechosa: “El caminante actúa en flagrancia a solicitud de alguna persona o porque advierte la maniobra delictiva, tiene la directiva de actuar porque si no incurre en violación de los deberes de funcionario público”.
En ese marco, Romero aclaró que cada intervención depende de las circunstancias del caso y admitió que pueden existir errores en la denuncia inicial del comerciante. “Es muy probable que por allí el comerciante también se haya equivocado y sindicó como autor del hecho a una persona que no era, eso puede pasar”, indicó.
Respecto a la presentación de un comprobante de compra, sostuvo que ese elemento suele resolver la situación en el lugar. “Con el ticket de compra, uno está acreditando la propiedad y máxime si es de ese comercio, eso se soluciona rápido en el momento”, explicó.
Finalmente, el jefe policial detalló el procedimiento cuando la acusación se mantiene y hay menores involucrados: “Cuando el comerciante indica que esa persona es el autor del hecho, se lo conduce a comisaría, se consulta con el fiscal en turno y se solicita el temperamento a adoptar para con el menor”.





