Bono para Jubilados: a quiénes alcanza el beneficio de Anses

Jubilados con haberes mínimos recibirán el monto total del bono, mientras que otros tendrán ajustes según sus ingresos.
30 de diciembre 2024, 10:51hs

El Decreto 1133/2024, publicado este lunes en el Boletín Oficial, establece la entrega de un Bono Extraordinario Previsional de hasta $70.000 para jubilados, como una medida para mitigar el impacto de la inflación en los ingresos de este sector. El pago se realizará durante enero de 2025.

El beneficio alcanza a los titulares de prestaciones previsionales contributivas administradas por la ANSES, incluyendo jubilaciones y pensiones reguladas por la Ley N.º 24.241. También abarca a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y a quienes perciban pensiones no contributivas por vejez, invalidez o para madres de siete o más hijos.

El monto del bono será escalonado según los haberes del beneficiario:

  • Beneficiarios con haberes iguales o inferiores al mínimo previsional garantizado: recibirán el bono completo de $70.000.
  • Beneficiarios con haberes superiores al mínimo previsional: el bono se ajustará para que el ingreso total no supere la suma del haber mínimo más el monto máximo del bono.

El bono será abonado por titular y tendrá carácter no remunerativo, lo que implica que no estará sujeto a descuentos ni será considerado para otros conceptos. En casos de pensiones compartidas, se tomará a todos los copartícipes como un único titular para el cálculo y pago del bono.

La ANSES será responsable de emitir las disposiciones necesarias para garantizar la correcta implementación del decreto. Asimismo, se realizarán las adecuaciones presupuestarias correspondientes para cubrir el costo de este beneficio.
Cómo acceder al bono
Para recibir el Bono Extraordinario Previsional, es necesario:

  • Ser titular de una prestación previsional contributiva bajo la Ley N.º 24.241.
  • Percibir la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Ser beneficiario de pensiones no contributivas por vejez, invalidez o para madres de siete o más hijos.
  • Tener los beneficios vigentes en enero de 2025, momento en que se efectivizará el pago.

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